Llaman a empresas a cumplir con reparto de utilidades

Llaman a empresas a cumplir con reparto de utilidades

Ciudad de México, 17 de mayo de 2021._ La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) informó sobre el reparto de utilidades, un derecho que tienen todas las personas trabajadoras y consiste en recibir parte de las ganancias que obtuvo su patrón el año anterior por las actividades o servicios que ofrece. 

Todas las y los trabajadores que laboran al servicio de una o un patrón, tienen derecho a recibir utilidades de las empresas, a excepción de los siguientes: 

  • Si la empresa no generó utilidades, lo cual debe informar a sus trabajadores.
  • Las y los directores, administradores y gerentes generales de la empresa.
  • Socias, socios o accionistas de la empresa.
  • Trabajadoras y trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades.
  • Profesionistas, técnicas y técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.
  • Las y los trabajadores del hogar. 

Las utilidades se determinan de la siguiente manera: la mitad conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos. 

Sobre cuándo deben pagarse, la obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo si trabajas para una empresa; y del 1 de mayo al 29 de junio si tu patrona o patrón es una persona física.

Se tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación, para el cobro de utilidades. 

¿Es cierto que hay empresas que no deben pagar utilidades? Es correcto y las compañías que no están obligadas son las siguientes: 

  • Las instituciones de asistencia privada reconocidas por la ley que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones gubernamentales o públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.
  • Empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos. 

Las prestaciones laborales bien utilizadas pueden ser oportunidades económicas para ahorrar, incrementar tu patrimonio a través de la inversión o para hacer frente a las deudas, recuerda que aparte de tu sueldo, la empresa o patrón tiene la obligación de proporcionarte las establecidas en la Ley Federal del Trabajo

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